Este Real Decreto, que llega con seis años de retraso en relación a lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, no asegura una remuneración justa a los autores por el préstamo público de sus obras, dejándolo en una remuneración simbólica.
Además, esta norma no establece, tal y como debiera, los mecanismos de colaboración entre la administración central, la autonómica y la local para hacer efectiva esta remuneración a los autores.
Javier Díaz de Olarte, responsable del Departamento Jurídico de CEDRO, asegura que «Este Real Decreto es una manifestación más del escaso compromiso con el que los diferentes gobiernos españoles han afrontado las obligaciones que establecen las directivas europeas sobre la remuneración a los autores por el préstamo de sus obras».
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