Madrid, 20/10/2026. El pasado 5 de octubre se conoció que el Tribunal Supremo desestimó el recurso presentado por Meta contra el Real Decreto 1130/2023, en lo que se refiere a cómo deben resolverse los conflictos entre los editores de prensa y las plataformas digitales por el uso en línea de sus contenidos. CEDRO se personó en el procedimiento para defender los intereses de los editores de periódicos y revistas miembros de la Entidad.
En este caso, Meta cuestionaba que la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual pudiera resolver los conflictos surgidos entre editores y plataformas sobre los acuerdos relacionados con la autorización de las reutilizaciones de los contenidos periodísticos en línea. La compañía estadounidense consideraba que este mecanismo suponía establecer un arbitraje obligatorio contrario a la Constitución, a la Ley de Propiedad Intelectual y al Derecho de la Unión Europea.
El Tribunal Supremo rechaza ahora esta interpretación y concluye que no se trata de un arbitraje obligatorio, sino de un procedimiento administrativo especializado cuyas decisiones pueden ser revisadas judicialmente. De este modo, avala el procedimiento previsto para abordar las controversias que puedan surgir entre los editores de prensa y las plataformas digitales en torno a estos acuerdos contemplados en la legislación de propiedad intelectual.
Jorge Corrales, director general de CEDRO, explica que «nuestra Entidad decidió personarse en este procedimiento porque podía afectar directamente a los derechos e intereses de los editores de prensa que defendemos como entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual». Y añade que «esta sentencia confirma la validez del marco vigente y aporta mayor seguridad jurídica a las relaciones entre los editores de prensa y las plataformas digitales».
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