CEDRO sigue el código de conducta elaborado por IFRRO, donde se establecen los estándares de servicio que tanto los titulares de derechos como los usuarios esperan recibir cuando tratan con una entidad de gestión de derechos reprográficos.
A fin de hacer efectivos estos valores, cada entidad de gestión de derechos reprográficos aspira a:
El ámbito de actuación del código y la extensión adoptada por la entidad, dependerá de las leyes nacionales que prevean mecanismos legales y reguladores de las entidades de gestión.
1.1. Actúan de acuerdo con sus reglas, estatutos y normativa aplicables, así como con las leyes nacionales e internacionales que le sean de aplicación.
1.2. Proveen información acerca de sus operaciones de forma clara y fácil de entender.
1.3. Educan y entrenan al personal a fin de cumplir con los estándares del código.
1.4. Trabajan para mantener, proteger y valorar las leyes de propiedad intelectual cuando es así requerido y apropiado.
1.5. Organizan y publicitan procedimientos apropiados para gestionar reclamaciones y resolver disputas.
1.6. Manejan información confidencial apropiadamente, respetando acuerdos y leyes aplicables, respetando al mismo tiempo la privacidad de los derechos de sus titulares y de los usuarios.
2.1. Entidades de gestión.
3.1. Entidad de gestión.
4.1. Entidad de gestión.
5.1. Las entidades de gestión distribuyen la remuneración recibida a los titulares de derechos.
5.2. Las entidades de gestión explican claramente la gestión de los fondos que todavía no han sido repartidos.
5.3. Las entidades de gestión deducen de sus recaudaciones aquellas cantidades apropiadas para sus gastos y costes de operación, de las que informan a sus titulares de derechos, que:
5.4. Las entidades de gestión deducen de sus recaudaciones, siempre que esté autorizado por las leyes nacionales y/o sus estatutos y/o las reglas de reparto, asignaciones para fines culturales y/o sociales; y siempre que lo hacen, la autorización para ello, así como la cantidad y naturaleza de la asignación, se explica claramente a los titulares de derechos concernientes.
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