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Este dictamen se enmarca en el procedimiento iniciado por CEDRO contra Hallon, empresa a la que demandó en diciembre de 2024 por utilizar contenidos de prensa de su repertorio sin contar con la autorización que concede en nombre de los editores de periódicos y revistas.
En este litigio, Hallon intentó ampararse en el artículo 163 de la Ley de Propiedad Intelectual, el cual permite realizar consignaciones mientras se negocia una licencia y su tarifa. Sin embargo, la magistrada que se ocupa de este procedimiento ha concluido que esa vía no puede aplicarse en este caso, ya que se trata de una posible infracción de derechos de autor y no de un proceso de negociación. Esto es así puesto que Hallon está operando sin la licencia necesaria para utilizar contenidos del repertorio de CEDRO desde agosto del pasado año.
De hecho, esta resolución, que forma parte del proceso, se centraba únicamente en determinar si Hallon podía consignar judicialmente el pago de derechos de autor por la licencia que debería haber obtenido hace ya casi un año. Asimismo, la juez ha reiterado el principio de que no pueden utilizarse contenidos protegidos sin autorización, como son los artículos de periódicos y revistas, y ha subrayado que la consignación no puede ser utilizada para eludir las obligaciones legales con los editores de prensa.
Este hecho es especialmente relevante dado que Hallon podría estar comercializando resúmenes de prensa a empresas privadas —desde pymes hasta grandes compañías del Ibex—, así como a administraciones públicas de todos los niveles, incluidos ayuntamientos y altas instituciones del Estado.
Esta resolución judicial es firme y no admite recurso. Como consecuencia, el juzgado deberá devolver a Hallon las cantidades que esta ha consignado durante los últimos meses, al no proceder esa medida en un contexto de posible infracción de derechos como el actual, y continuará el curso judicial correspondiente.
Esta resolución supone un paso más para garantizar la sostenibilidad económica del sector editorial y proteger el periodismo profesional, considerado un pilar fundamental de la democracia.
De la misma forma, hace unos días también quedó resuelta la solicitud de Hallon de medidas cautelares por conducta desleal contra CEDRO presentada en el juzgado mercantil de Madrid n.º 18. El juzgado desestimó dicha petición procediendo a la devolución de la consignación judicial que Hallon había realizado.
Esta decisión llegó tras un pronunciamiento anterior de la Audiencia Provincial de Barcelona, que en este mismo mes de julio ya había rechazado las medidas cautelares solicitadas por CEDRO contra Hallon en un procedimiento paralelo.
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