Madrid, 21/12/2023. El pasado 21 de diciembre entró en vigor el nuevo Real Decreto que propuso el Ministerio de Cultura, que aprobó el Consejo de Ministros y por el que se desarrolla la composición y funcionamiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual. Esta norma incluye medidas para agilizar la lucha contra la piratería.
La digitalización en el sector cultural ha traído consigo oportunidades, pero también algunos retos, como el crecimiento del robo de contenidos en la red y otras formas de vulnerar la propiedad intelectual de las obras originales.
En este contexto y ante la necesidad de adaptar el funcionamiento de la Sección Segunda para lograr una mayor eficacia en la lucha contra la piratería en Internet, este reglamento incorpora algunas novedades para aportar mayor eficiencia en la lucha contra esta actividad ilícita.
A partir de ahora, desde el momento en el que se realice ante la Sección Segunda una denuncia de páginas piratas por vulnerar los derechos de propiedad intelectual de obras, esta acordará el inicio del procedimiento en un plazo máximo de 30 días. En la práctica, esta medida permitirá agilizar el bloqueo de páginas web que comparten contenidos editoriales, u otros materiales culturales.
Asimismo, esta normativa regula otros aspectos, como la protección de datos personales de los interesados en el procedimiento y mejoras en los formularios para realizar las denuncias, entre otros.
Uso de prensa en plataformas tecnológicas
Por otro lado, este texto, como novedad, también recoge que los posibles conflictos que surjan de los acuerdos entre empresas tecnológicas y editores de prensa o agencias de noticias para el uso de publicaciones en prensa en sus plataformas se resolverán a través de un procedimiento de arbitraje. De esta manera, la solución que proponga el árbitro, en este caso la Sección Primera, deberá ser de obligado cumplimiento para las dos partes.
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