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Aprobada la plena compatibilidad de la pensión de jubilación con los derechos de autor

Aprobada la plena compatibilidad de la pensión de jubilación con los derechos de autor

Madrid, 30/04/2019. El pasado 26 de abril, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto que permite la plena compatibilidad de la percepción de los derechos de autor con la pensión de jubilación. Este texto se publicó ayer en el BOE.

A partir de ahora, los autores jubilados ya podrán compatibilizar al cien por cien el cobro de la jubilación con los derechos de autor, según lo establece el Real Decreto 302/2019, de 26 de abril. 

El beneficiario de la pensión de jubilación que desarrolle una actividad creativa podrá optar por este nuevo sistema, por la aplicación del régimen jurídico de otras modalidades de compatibilidad entre pensión y trabajo ya existentes o por la suspensión del percibo de su pensión.

Aquel creador que escoja la primera opción deberá darse de alta en la Seguridad Social, en el régimen que corresponda, aportando uno de los dos modelos de certificado o declaración responsable que figuran como Anexos I y II de este texto.

Si ya se encontrase dado de alta en la Seguridad Social por la realización de una actividad artística en el momento de la solicitud de su pensión de jubilación, podrá continuar con la misma acogiéndose a esta nueva modalidad. Para ello, comunicará esta circunstancia a la Seguridad Social acompañando uno de los referidos anexos.

De esta manera, durante la realización de la actividad creativa se cotizará a la Seguridad Social únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales. Además, este sistema llevará aparejada una cotización especial de solidaridad del 8 por ciento, no computable para las prestaciones, que en los regímenes de trabajadores por cuenta ajena se distribuirá entre empresario y trabajador (el 6 por ciento le corresponderá al empresario y el 2 por ciento al trabajador).

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, anunció, durante el acto de entrega del Premio CEDRO 2019, esta aprobación y explicó que los autores jubilados ya podrán compatibilizar su creación «con los derechos de jubilación y de protección social que se han ganado a pulso como trabajadores y trabajadoras». 

Estatuto del Artista

Esta decisión llega tras la aprobación, el pasado 28 de diciembre de 2018, de un real decreto ley por el que se desarrollan una serie de recomendaciones incluidas en el informe del Estatuto del Artista. 

En su disposición final segunda se establecía un periodo máximo de 6 meses en los que el Gobierno debía aprobar una norma que regulase los términos y condiciones de la percepción de la pensión de jubilación con los derechos de propiedad intelectual. 

Después de tres años, se da solución así a la incompatibilidad de estos derechos, tal y como se lleva solicitando durante este tiempo desde la plataforma Seguir Creando, grupo de asociaciones autorales, entre ellas CEDRO, que inició esta reclamación, cuyo portavoz ha sido el presidente de ACE y miembro de la Junta Directiva de nuestra Entidad, Manuel Rico.

La presidenta de CEDRO, Carme Riera, agradece que por fin se haya hecho realidad esta compatibilidad, que equipara la situación de España a la de la mayoría de países europeos.

Riera, además, recuerda que, aunque es un paso muy importante, no se debe olvidar que «continúa habiendo autores sancionados a los que se les debe dar una solución».



© Syda Productions - Fotolia.com

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