Dos cosas buenas de la ley contra las descargas ilegales

17/02/2011

Dos cosas buenas de la ley contra las descargas ilegales

Por Javier Díaz de Olarte, jefe del Departamento Jurídico de CEDRO.

Alejándonos de los debates interesados y de escaso rigor técnico a los que llevamos asistiendo en los últimos meses en torno a la conocida «ley Sinde», ahora, una vez aprobada, se torna necesario hacer una reflexión serena sobre esta cuestión.

Nadie puede negar que la piratería de obras protegidas (libros, música, películas, etc.) en Internet existe, que en los últimos años ha alcanzado dimensiones difícilmente asumibles por autores y editores, como es el caso del sector de las publicaciones, y que se trata de una actividad ilícita.

En un debate tranquilo, razonable y razonado no se puede obviar que es necesario establecer medidas efectivas para poner freno a esta «sangría» que genera, además de un grave empobrecimiento cultural, cuantiosas y directas pérdidas económicas para el sector. Y todo esto sin entrar a analizar quiénes se están beneficiando de la expropiación de los derechos y del trabajo de los escritores, traductores, editores y del resto de trabajadores del sector del libro.

Muchos estamos de acuerdo en que, en este caso, solamente una ley no es suficiente. Es necesario también ampliar y dar a conocer la oferta legal de obras protegidas que ya existe y que todos los afectados, incluido el Gobierno, comuniquemos y expliquemos la importancia y contribución del sector cultural, y muy especialmente el del libro, al progreso sostenible de nuestra economía, nuestra cultura, nuestro conocimiento y nuestra sociedad.

¿Qué es lo mejor de la «ley Sinde»? En primer lugar su mera existencia. Es la primera vez en la que el legislador español dicta una norma enfocada expresamente a combatir la explotación ilícita de las obras protegidas en la red. Es decir, reconoce la necesidad de medidas específicas para proteger a ciudadanos (creadores y, también, usuarios) e industrias (las culturales), cuyos derechos están siendo vulnerados de forma reiterada.

En segundo lugar, esta norma nace con vocación de solucionar el problema de la piratería de una manera ágil y eficiente. Todo ello articulando, además, mecanismos de garantía de los derechos de toda la sociedad.

Sin duda, era y es una ley necesaria para intentar atajar una actividad ilícita ante cuyo desarrollo un país como España no puede mirar hacia otro lado.

El tiempo nos permitirá hacer una valoración sobre sus resultados.

Ver más comentarios
Gracias por el comentario, su comentario debe ser aprobado primero
Nuevo código

Os invitamos a comentar las entradas de nuestro blog.

Los comentarios están moderados, no aparecen en el blog de forma inmediata.

Se publicarán todos los comentarios salvo los que no tengan que ver con los temas tratados o contengan insultos o descalificaciones.

De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, le informamosque los datos que facilite serán tratados por CEDRO para poder tramitar su comunicación. Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal.

Usted cuenta con los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad, respecto de sus datos de carácter personal, así como con la posibilidad de revocar su consentimiento, pudiéndolos ejercitar por escrito a la dirección cedro@cedro.org, donde haga mención a su nombre, apellidos y dirección de correo electrónico. Para más información pinche en la Política de Privacidad.

comment-avatar