Sobre una futura modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

08/11/2012

Sobre una futura modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

Pedro de Andrés, presidente de CEDRO.

Nuestra Ley de Propiedad Intelectual cumple 25 años el próximo 11 de noviembre. En su día fue pionera, moderna, como bien explicó Juan Mollá en este blog, «técnicamente muy avanzada» y que posibilitó la creación de entidades de gestión, como CEDRO. Durante estos años esta norma ha tenido que ser retocada para dar soluciones a problemas que requerían remedios inmediatos, en muchos casos urgentes, puesto que las formas de difundir, reproducir y acceder a los productos culturales han ido transformándose radicalmente. 

En este escenario cambiante, marcado por la tecnología y la globalización, se requiere una nueva regulación pensada, coherente y precisa, a la vez que lo suficientemente flexible para que no se quede obsoleta a los pocos años. Y sobre todo, es necesario que se establezca el justo equilibrio entre el derecho de autor y la demanda del usuario de acceder a estos productos culturales (libros, revistas, periódicos, partituras, películas, etc.).

En la agenda de los poderes públicos, de las industrias culturales y de los creadores está anotada esta reforma como urgente. En la de CEDRO, también. 

En nuestra lista de asuntos a regular de forma equilibrada figuran cuatro puntos estratégicos para los escritores, traductores y editores españoles; todos ellos enmarcados en el principio de una consideración específica para el libro debido a que su naturaleza (principal vehículo para la difusión y acceso a la información y al conocimiento) y uso es distinto al resto de obras de creación (música, video, etc.). Estos cuatro asuntos son:

- Remuneración justa por copia privada para compensar el perjuicio efectivo ocasionado por este tipo de reproducción de libros y publicaciones asimiladas.

- Compensación obligatoria por la explotación secundaria (fotocopia, digitalización, puesta a disposición en intranets, etc.) de libros y demás publicaciones textuales en el ámbito educativo.

- Cambio de regulación de la remuneración por préstamo público que permita a los titulares de derechos ser compensados por este derecho de autor. 

- Procedimientos efectivos para que la Administración y el poder judicial puedan luchar contra la piratería editorial en la Red.

Transcurridos 25 años de la Ley de 1987, en los que todos hemos aprendido de ella y con ella, para los autores y editores a los que representa CEDRO su reforma puede ser un hito crucial de cara a la protección eficiente de sus derechos de propiedad intelectual. Será el momento en el que se pueda conseguir el equilibro justo que permita a los usuarios acceder legalmente a los contenidos de las publicaciones de texto en todos los escenarios posibles, y a los autores y editores ser compensados justamente por todos esos usos de obras.

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