21

julio

2011

Intermediación: un servicio para usuarios y titulares de derechos

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Por Saúl Torrecilla, Departamento de Licencias de CEDRO.

Inicio mi participación en este blog analizando uno de los servicios de CEDRO que, seguramente, más se desconozca de nuestra gestión: la intermediación.

Puede que muchos de vosotros, a partir del propio término, os imaginéis en qué consiste, sin embargo merece la pena detenernos sobre esta labor que, por otro lado, desde hace tiempo llevamos a cabo desde nuestra Entidad.
Además de las licencias generales de reutilización de contenidos, a partir de las cuales, por ejemplo, un despacho de abogados, un laboratorio farmacéutico o un centro de enseñanza musical pueden reproducir de forma parcial —pero continuada en el tiempo— las obras de nuestro repertorio; y de las puntuales, en las que de forma especial se accede a dichas obras —incluso por encima de los límites contemplados en las licencias generales—, existen otro tipo de peticiones sobre el repertorio de CEDRO que tramitamos para facilitar al usuario el acceso a los contenidos que necesita.

Los responsables de una exposición en la que se quiera reproducir poemas en vinilos, o de una campaña de publicidad en la que quieran serigrafiar textos en algún objeto, pongamos por caso unas tazas de desayuno, tienen que tener en cuenta que, en la medida en que esos contenidos, esos textos, estén protegidos, se requerirá la debida autorización de los titulares de derechos.

En este proceso es precisamente donde CEDRO es de gran utilidad, puesto que dado el conocimiento del sector y la cercanía a los autores y editores, tenemos la capacidad de canalizar todas las peticiones de este tipo y hacer de nexo de unión entre los intereses de los usuarios y de los propios titulares.

La labor de CEDRO en la intermediación consiste en eliminar los obstáculos que se le puedan presentar a un usuario que en situaciones concretas quiere utilizar textos protegidos. A través de nuestro servicio de intermediación el usuario consigue a través de un único interlocutor y en breve espacio de tiempo, autorización para cualquier uso que pueda requerir su actividad, a la vez que los titulares de derechos tienen la garantía de que sus obras se utilizan legalmente y de forma responsable con sus derechos de autor.
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2 Comments

  1. 1 Mª Ángeles Rodríguez 22 jul
    Comentario reproducido íntegramente del antiguo blog de CEDRO:

    Qué podemos hacer los autores con nuestros blogs donde queremos dejar
    (por ejemplo, nuestro paso por la vida) para que se respeten los
    derechos de autor.
  2. 2 CEDRO 22 jul

    Estimada María Ángeles

    Puede incluir una cláusula de reserva de derechos. Nosotros le recomendamos la siguiente:

    «Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o
    transformación de esta obra solo puede ser realizada con la
    autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley.
    Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) si necesita
    reproducir algún fragmento de esta obra (http://www.conlicencia.com; 91 702 19 70 / 93 272 04 47)».

    También puede insertar el siguiente banner en su blog: http://www.cedro.org/images/logotipos/ban_blog.gif?Status=Master&download=true

    Un saludo.

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