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Acto en el que representantes del sector cultural
pidieron una Ley de Propiedad Intelectual justa. © de la foto: P. Manzano | | | La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, en el Senado
La modificación de la normativa sobre propiedad intelectual está ya en su
trámite en el Senado. Ahora la Cámara Alta, con mayoría del partido en el
Gobierno, deberá decidir si acepta las enmiendas presentadas por todos los
partidos parlamentarios a la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.
El texto final será remitido al Congreso de los Diputados para
su ratificación definitiva.
Esta reforma no beneficia ni a los autores y editores
de libros, revistas, periódicos y partituras ni a los usuarios de estas obras puesto
que crea una situación de inseguridad jurídica innecesaria. Especialmente
perjudiciales para el sector son las
cuestiones relacionadas con la compensación por copia privada, el uso de obras
en el ámbito educativo, la lucha contra la piratería digital y la gestión
colectiva. (Ver
CEDRO informa n.º 150) En lo que se refiere a la copia privada, la semana pasada se hizo pública la
decisión del Tribunal Supremo de plantear al Tribunal de Justicia de la Unión
Europea dos cuestiones sobre el sistema de copia privada vigente en España desde
enero de 2012 y que se consagra en esta reforma. En primer lugar, el
Supremo plantea la duda de si se ajusta a la normativa europea que esta
compensación sea abonada a los titulares de derechos a través de Presupuestos
Generales del Estado, y en segundo lugar, si es adecuado vincular esta
remuneración a la
capacidad presupuestaria del momento. En este contexto, el pasado 22 de septiembre artistas, autores, editores y
productores agrupados en las entidades de gestión mostraron su rechazo a la propuesta de reforma que actualmente está
en el Senado. | |
| | Remuneración para el autor por préstamo público El pasado 18 de julio el Consejo de Ministros aprobó el
Real Decreto
que viene a completar la legislación española relativa al derecho de remuneración para autores por el préstamo público de obras
protegidas, entre ellas, los libros.
Este texto, que llega con seis años de retraso, establece los mecanismos de
cálculo de la remuneración que corresponde a los autores por el préstamo público de sus obras en bibliotecas e instituciones similares (desde la ley de 2007 había una tarifa provisional).
Debido a que esta regulación no se ajusta ni a las directivas europeas ni a la jurisprudencia comunitaria, CEDRO estudia el desarrollo de un conjunto de acciones para que esta normativa suponga un
reconocimiento real de los derechos de autor y establezca los mecanismos que permitan una gestión eficiente para que los escritores y traductores puedan ser remunerados justamente por su trabajo, como ocurre en la mayoría de los países europeos.
CEDRO ha preparado esta
infografía en la que se explica en qué consiste este derecho de
autor. |
| | Press-clipping con licencia en el Col•legi de Periodistes y en la
UOC
Desde hace unas semanas el Col•legi de Periodistes Catalunya y la Universitat Oberta de Catalunya
(UOC) disponen de la autorización de CEDRO para la distribución interna de copias
de sus respectivas revistas de prensa.
Esta licencia de press-clipping les proporciona la cobertura legal necesaria para reproducir y
distribuir entre parte de sus usuarios internos sus revistas de prensa, que contienen artículos de periódicos y revistas, nacionales y de otros países.
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