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29 / 7 / 2013 | | | | • El press-clipping de AENA, con
licencia de CEDRO
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• Análisis de
los cuatro «agujeros negros» del actual proyecto de reforma de la LPI
[+] • Acceso a libros para
personas con discapacidad visual
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| | LO ÚLTIMO | EN EL BLOG DE CEDRO | | | | | Si no puede ver bien este mensaje, pulse
aquí | | | | . . | | | El press-clipping de AENA, con
licencia de CEDRO
La revista de prensa —press-clipping— que distribuye internamente
AENA en su
oficina de Madrid cuenta
con la licencia de
CEDRO para la reutilización
de artículos de periódicos y revistas del repertorio de nuestra Entidad. Esta
licencia, vigente desde el pasado mes de mayo, permite a AENA la difusión de la
información dentro de sus instalaciones de acuerdo con lo previsto en la vigente
normativa. AENA se sitúa así entre las organizaciones españolas responsables con
los derechos de autor y la cultura. | | | | | | | | © Shutterstock | | | Análisis de
los cuatro «agujeros negros» del actual proyecto de reforma de la LPI El responsable de los servicios
jurídicos de nuestra Entidad,
Javier Díaz de Olarte, ha publicado en
El Blog de CEDRO cuatro artículos en los que analiza detalladamente las consecuencias negativas que para los autores y editores tendría la
reforma de la Ley de Propiedad Intelectual
(LPI), tal y como la plantea en este momento el Gobierno.
Bajo el título Los cuatro «agujeros negros» del anteproyecto de reforma de la LPI
aborda los cambios que se plantean para cuatro temas estratégicos: 1. Restricción de los derechos de autor
en el ámbito educativo.
2. Restricción del concepto de copia privada.
3. Debilitamiento de la gestión colectiva.
4. Lucha contra la piratería digital.
[Ver Parte I,
Parte II,
Parte III y
Parte IV] | | | | | | | | © Shutterstock | | | Acceso a libros para
personas con discapacidad visual
Bajo el auspicio de la
OMPI el
pasado 27 de junio, en Marrakesh, se aprobó un nuevo tratado internacional con
el fin de facilitar el acceso a los libros a las personas con discapacidad
visual en todo el mundo.
El tratado remite a las legislaciones nacionales la decisión final de
incluir o no una excepción para este caso, así como la remuneración
correspondiente. España todavía no ha suscrito el convenio. Sin embargo en la vigente
Ley de
Propiedad Intelectual, en el artículo 31.bis, ya se recoge una amplia
excepción al derecho de autor con esta finalidad en la que no se prevé
remuneración para autores y editores.
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