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Quién debe solicitar la licencia: titulares de negocios de reprografía abiertos al público que fotocopian material protegido por el Derecho de Autor, o establecimientos que prestan dicho servicio (aunque no sea su actividad principal), o que cuentan con máquinas reproductoras, independientemente de que sean autoservicio).

Qué permite: la reproducción mediante fotocopia de:

               - La totalidad de un artículo o trabajo de una publicación periódica.

               - Hasta un 10 % de cualquier obra impresa.

               - Hasta 15 páginas de cada partitura, siempre y cuando dicha cantidad de páginas no supere el 20 % del total de páginas que conforman la obra.

Si quiere reproducir por encima de estos porcentajes, puede solicitárnoslo al pedir la licencia.

Duración: anual (el periodo de duración inicial se hace coincidir con el final del año natural correspondiente a la firma de la licencia).

Tarifa: en función de dos criterios:

               - La velocidad de los equipos del centro reprográfico comercial.

               - La ubicación del centro reprográfico.

Ver tarifas en el documento de Tarifas Generales 2008.

Cómo solicitar la licencia: si desea obtener una licencia de CEDRO, puede cumplimentar un formulario de solicitud a través del asistente en línea que esta Entidad pone a su disposición. Para ello, puede pulsar aquí.

También puede hacerlo contactando con el Departamento de Licencias de CEDRO.





   
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