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Quién debe solicitar la licencia: instituciones que lleven a cabo actividades de reprografía en sus dependencias, bien a petición de colegiados o personal del propio COLEGIO, o bien mediante la puesta a disposición de equipos o aparatos de autoservicio para la reproducción de documentos y otros materiales impresos.

También aquellos titulares que deseen llevar a cabo una actividad de escaneado parcial de una obra original para ponerla a disposición de varios usuarios autorizados a través de una intranet.

Qué permite: si la reproducción se realiza mediante fotocopia, con la finalidad de distribuirlas en el ámbito marcado por las relaciones que son propias a su actividad, necesitará una licencia analógica, la cual permite reproducir:

            - Hasta un 10 % de cualquier obra impresa, salvo q se trate de un artículo o trabajo de publicaciones periódicas, en cuyo caso podrá superarse este porcentaje.

Si la reproducción se realiza mediante el escaneado con la finalidad de ponerla a disposición de varios usuarios autorizados a través de una intranet, necesitará una licencia de usos digitales, la cual permite:

          - Escanear parcialmente la obra original (hasta un 10 % de cualquier obra impresa, salvo que se trate de un artículo o trabajo de publicaciones periódicas, en cuyo caso podrá superarse este porcentaje).

         - Almacenar la reproducción escaneada temporalmente en un servidor.

         - Poner a disposición de los usuarios autorizados a través de una intranet el material digitalizado.

         - Visualizar la reproducción en pantalla.

         - Imprimir una copia por usuario autorizado.

         - Envío por correo electrónico a los usuarios autorizados.

Si quiere reproducir por encima de estos porcentajes, puede solicitárnoslo al pedir la licencia.

Duración: tanto la licencia analógica como la licencia de usos digitales tienen una duración anual. En el caso de las licencias analógicas, su duración inicial se hace coincidir con el final del año natural correspondiente a la firma de la licencia, mientras que en el caso de las licencias de usos digitales, la duración inicial es de un año desde el momento de su firma.  Si se trata de una concesión administrativa, generalmente la duración de la licencia coincidirá con la de la propia concesión.

Tarifa: para la licencia analógica, se determina en función del volumen de fotocopias de material protegido realizadas en el centro, multiplicado por la tarifa general de usuario.

Ver tarifa en el documento Tarifas Generales 2008.

Para la licencia de usos digitales, la remuneración se calcula en función del volumen de páginas escaneadas de material protegido realizadas por el centro, multiplicado por el número de usuarios autorizados, y multiplicado por la tarifa del documento Tarifas Generales 2008.

Cómo solicitar esta licencia: si desea obtener una licencia de CEDRO, puede cumplimentar un formulario de solicitud a través del asistente en línea que esta Entidad pone a su disposición. Para ello, puede pulsar aquí.

También puede hacerlo contactando con el Departamento de Licencias de CEDRO.





   
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