Los socios que se pueden beneficiar de esta prestación deben ser miembros de CEDRO antes del
1 de enero del 2011, y tienen de plazo para presentar la solicitud y documentación correspondientes hasta el
11 de enero del próximo año. Para solicitar una de estas ayudas es necesario presentar a la Entidad la documentación necesaria en los plazos establecidos. (
Ver condiciones, plazos y documentación requerida).
Esta
prestación se financia, por ley, mediante la
compensación por copia privada. El Gobierno tiene pendiente aprobar un reglamento que desarrolle el nuevo sistema, que fue
modificado a finales del pasado año. En el caso de que esta nueva regulación afecte a la concesión de la prestación, CEDRO informará de ello a los socios autores por los canales habituales de comunicación.