El reparto de los derechos económicos se realizada de acuerdo con un Reglamento aprobado por la Asamblea General de asociados de la Entidad con fecha de 21 de junio de 2010. Está definido con el objetivo de que la distribución de cantidades resulte equitativa, proporcional y excluya todo tipo de arbitrariedad, tal y como se establece en la vigente Ley de Propiedad Intelectual.
El reparto consiste básicamente en asignar un valor económico a cada obra objeto de reparto y distribuirlo entre sus correspondientes titulares de derechos. Por regla general, del valor asignado a cada obra corresponde un 55 % al autor o autores y un 45 % a la editorial.
A continuación, detallamos los conceptos en los que se basa el reparto:
1.- Copia privada
A.- El 85% de la cantidad a repartir se distribuye entre los siguientes libros:
- Editados o reimpresos en soporte papel en 2008, 2009 y 2010 en España, que dispongan de ISBN o ISMN.
- Editados en soporte digital (CD-ROM, etc.), en 2008, 2009 y 2010 en España, que dispongan de ISBN o ISMN.
- Divulgados sin soporte (online), en el 2008, el 2009 y el 2010 en España, que dispongan de ISBN o ISMN.
La distribución se hace en función de:
- Materia (65 %): se asigna a cada una de las materias un porcentaje de los derechos a repartir, en función de su volumen de fotocopiado de acuerdo con el estudio estadístico sobre la fotocopia en España que lleva a cabo CEDRO (1). La cantidad resultante se reparte entre todas las obras que tengan asignada esa materia en la base se datos de la Agencia Española del ISBN.
- Precio (20 %): CEDRO tiene en cuenta el PVP de cada libro que entra en el reparto, tal y como figura en la Agencia Española del ISBN. A estos efectos, el PVP máximo considerado es de 500 €.
B.- El 15 % restante se distribuye entre los autores miembros de CEDRO en función de su porcentaje de participación en los libros que cumplan las siguientes condiciones:
- En soporte papel editados o reimpresos antes de 1973 en España.
- Editados o reimpresos desde 1973 hasta el 2008 en España y que tengan ISBN o ISMN.
- En soporte digital (CD-ROM, etc.) publicados en España hasta el 2008 y que tengan ISBN o ISMN.
- Sin soporte, divulgados en España hasta el 2008 y que tengan ISBN o ISMN.
2.-Licencias generales
Libros:
A.- El 85% de la cantidad a repartir se distribuye entre los siguientes libros:
- Editados o reimpresos en soporte papel en el 2008, el 2009 y el 2010 en España, que dispongan de ISBN o ISMN.
- Editados en soporte digital (CD-ROM, etc.) en el 2008, el 2009 y el 2010 en España, que dispongan de ISBN o ISMN.
- Divulgados sin soporte (online) en el 2008, el 2009 y el 2010 en España, que dispongan de ISBN o ISMN.
La distribución se realiza en función de:
- Materia (65 %): se asigna a cada una de las materias un porcentaje de los derechos a repartir, en función de su volumen de fotocopiado de acuerdo con el estudio estadístico sobre la fotocopia en España que realiza CEDRO (1). La cantidad resultante se reparte entre todas las obras que tengan asignada esa materia en la base se datos de la Agencia Española del ISBN.
- Precio (20 %): CEDRO tiene en cuenta el PVP de cada libro que entra en el reparto, tal y como figura en la Agencia Española del ISBN. A estos efectos, el PVP máximo considerado será de 500 €.
B.- El 15 % restante a partes iguales entre todos los libros del repertorio publicados hasta el 2010.
Partituras musicales: se distribuye a partes iguales entre todas las partituras:
- Editadas o reimpresas en soporte papel en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 y el 2010 en España.
- Editadas en soporte digital (CD-ROM, etc.) en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 y el 2010 en España.
- Divulgadas sin soporte (online) en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 y el 2010 en España.
(1) cada dos años CEDRO hace un estudio estadístico, que permite conocer, entre otra información, la distribución por materias de las páginas fotocopiadas de libros editados en España, la distribución de las páginas fotocopiadas por tipo de publicación (libros y publicaciones periódicas), el país de origen de la publicación y la distribución de las páginas fotocopiadas por ámbitos de reproducción (copisterías, empresas, centros de enseñanza, organismos de la Administración Pública, bibliotecas, etc.).
Este año CEDRO reparte un total 11,34 millones de euros, esta cantidad supone un 4,4 % menos que la distribuida en el ejercicio anterior.
La liquidación de las cantidades se efectuará en los primeros días del mes de mayo mediante transferencia bancaria al número de cuenta que haya notificado a CEDRO.
Si todavía no ha comunicado su número de cuenta a CEDRO puedo hacerlo accediendo a la siguiente dirección
http://asocedro.cedro.org. Si no dispone de contraseña, allí podrá registrarse y obtenerla.
CEDRO ha liquidado en este reparto las cantidades recaudadas en el 2011 por los siguientes conceptos:
- Recaudación proveniente de copia privada.
- Recaudación proveniente de licencias generales: según se establece en el Reglamento de Reparto, esta cantidad se liquida entre los socios de la Entidad que lo fueran a fecha de 31 de diciembre del 2010.
Los derechos económicos por copia privada provienen de las cantidades que hasta el 31 de diciembre de 2011 estaban obligados a pagar a CEDRO los fabricantes e importadores de equipos, aparatos y soportes idóneos para llevar a cabo reproducciones para uso privado de libros y publicaciones asimiladas. Estas copias, según la Ley de Propiedad Intelectual, no requieren la autorización previa de su titular de derechos.
Para más información, pinche
aquí
Se trata de la remuneración que CEDRO obtiene como contraprestación por las licencias generales que concede a empresas, centros de enseñanza, organismos públicos y otras instituciones o usuarios por el uso de las obras que integran su repertorio
Puede obtener más información en nuestro portal: http://www.conlicencia.com/conlicencia/
- Se liquidan en el reparto de copia privada las siguientes obras:
Libros
A) En soporte papel:
- Editados o reimpresos antes de 1973 publicados en España.
- Editados o reimpresos desde 1973 hasta el 2010 publicados en España y que tengan ISBN o ISMN.
B) En soporte digital (CD-ROM, etc.)
- Publicados en España hasta el 2010 y que tengan un ISBN o ISMN.
C) Sin soporte (online):
- Divulgados en España hasta el 2010 y tengan ISBN o ISMN.
Se liquidan en este reparto proveniente de licencias generales:
Libros Publicados, reimpresos o divulgados en España en el 2008, el 2009 o el 2010.
Partituras musicales
- Editadas o reimpresas en soporte papel en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 o el 2010 en España.
- Editadas en soporte digital (CD-ROM, etc.) en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 o el 2010 en España.
- Divulgadas sin soporte (online) en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 o el 2010 en España.
La cantidad que recibe cada autor y cada editor en el reparto depende de los siguientes factores:
- De la cantidad económica que se reparte: Este año CEDRO reparte un total de 11,34 millones de euros, esta cantidad supone un 4,4 % menos que la distribuida en el ejercicio anterior.
- Del porcentaje en que se reproducen los libros y publicaciones periódicas de las distintas materias según el último estudio hecho por CEDRO.
- Del número total de obras que se liquidan en el reparto: el número de obras a las que se distribuyen derechos en este reparto ha disminuido un 2,25 % respecto al año pasado.
- Del número de obras que cada autor o editorial tiene publicadas. (Véase pregunta 7).
Sí. Las reimpresiones de libros en el 2008, el 2009 y el 2010, así como las reimpresiones de partituras musicales en el 2006, el 2007, el 2008, el 2009 y el 2010, se liquidan en este reparto.
No. En este reparto se liquidan los libros editados o reimpresos únicamente en el 2008, el 2009 y el 2010.
Si usted es autor de algún libro editado o reimpreso en años anteriores al 2008 y todavía no lo ha declarado a CEDRO, puede realizar la reclamación a través de http://asocedro.cedro.org . Para ello, debe dirigirse al menú Libros y declarar las obras que desea que se le liquiden y posteriormente dirigirse al menú Reclamaciones.
Si no dispone de contraseña, allí podrá registrarse y obtenerla.
Puede consultar el listado de sus libros que se han liquidado en el reparto 2012 en la siguiente dirección
http://asocedro.cedro.org en el apartado liquidaciones. Si no dispone de contraseña, allí podrá registrarse y obtenerla.
Si usted considera que existe algún error en los datos del listado de obras que se han liquidado en el reparto puede realizar la reclamación a través de
http://asocedro.cedro.org . Para ello, deberá dirigirse al apartado Libros e incluir las obras que desea que se le liquiden y posteriormente deberá dirigirse al apartado de Reclamaciones.
Si no dispone de contraseña, allí podrá registrarse y obtenerla.
Si usted es autor de algún libro editado, divulgado o reimpreso en el 2008, el 2009 o el 2010 y todavía no lo ha declarado en CEDRO, puede hacerlo a través de
http://asocedro.cedro.org . Para ello, deberá dirigirse al apartado Libros y declarar las obras que desea que se le liquiden. Posteriormente, deberá dirigirse al apartado Reclamaciones.
Si no dispone de contraseña, allí podrá registrarse y obtenerla.
- Los editados, divulgados o reimpresos en 2011 se liquidarán en los repartos correspondientes a las recaudaciones de 2012, 2013 y 2014.
- Los editados o reimpresos en 2012 se liquidarán en los repartos correspondientes a las recaudaciones de 2013, 2014 y 2015.
Las partituras musicales editadas, reimpresas o divulgadas en el 2011 se liquidarán en el reparto correspondiente a la recaudación del 2012, del 2013, del 2014, del 2015 y del 2016.
Las partituras musicales editadas, reimpresas o divulgadas en el 2012 se liquidarán en el reparto correspondiente a la recaudación del 2013, del 2014, del 2015, del 2016 y del 2017.